Archivo de la categoría ‘Laboral’

Como producto de una realidad innegable, que las personas con más de 50 años en el Perú tienen cada año muchas más dificultades para conseguir un puesto de trabajo, o mantenerse en el mismo, es que se ha regulado el derecho de la jubilación anticipada por desempleo, la cual es una respuesta acertada ante esta realidad.
A modo de resumen, las principales características de este régimen son:

1. ¿Quiénes pueden acceder a este tipo de jubilación?

Como primer requisito, todos los afiliados que cuenten por lo menos con 55 años de edad en el caso de los hombres, y 50 años de edad en caso de mujeres cumplidos con anterioridad a la fecha de la presentación de su solicitud y que además cuenten con menos de 65 años.
Como segundo requisito, estos afiliados deben de encontrarse en situación de desempleo durante 12 meses o más. Los 12 meses deben ser consecutivos anteriores computados desde el mes anterior a la solicitud.

2. En caso de cumplir con los requisitos, ¿A qué beneficios se acceden?

Sólo se accederá a una pensión si la pensión calculada en el SPP (en base a los aportes obligatorios, voluntarios con el fin previsional más el valor del bono de reconocimiento de ser el caso), resulta igual o mayor a una remuneración mínima vital al momento de la solicitud, es decir mayor o igual a S/. 550 nuevos soles.

De no ser así, es decir de resultar un cálculo inferior a S/. 550 nuevos soles, puede acceder el solicitante a la devolución del 50% de los aportes obligatorios y voluntarios con el fin previsional, así como de la rentabilidad generada por ambos conceptos, sin considera el bono de reconocimiento. La diferencia de mantendrá en la cuenta personal hasta el momento de la jubilación.

Este beneficio de devolución sólo podrá ser otorgado al afiliado en una única oportunidad durante toda la vigencia del régimen. La devolución se hará considerando el último valor al momento de realizar el cargo de la cuenta. Este régimen tiene vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2012.

3. ¿Qué documentos se deben presentar?

Para iniciar el trámite se debe de acudir una cita con la AFP que le corresponda a cada afiliado, y presentar sólo copia simple de DNI y una declaración jurada de desempleo, en caso no haya efectuado ningún aporte durante los últimos doce meses; en caso que sí lo haya hecho y sin embargo se encuentre en situación de desempleo, deberán entregarse otros documentos como por ejemplo constancia de CTS o carta de la empresa que de fe que no ha laborado en los últimos doce meses.

4. La pregunta pendiente por responder

Sin embargo, cabe mencionar que si bien es cierto las AFP pueden iniciar el trámite y en algunos casos se sabe quela devolución hecha por la misma AFP –del 50% del total de aportes- es realizada en los primeros casos reportados en menos de una semana, sin embargo:
¿Qué pasará con aquellos que cumplan los requisitos para alcanzar la pensión? ¿Cuánto demorará la ONP en reconocerles ese derecho? Esperemos que no se reporten casos de largos procesos judiciales en la lucha por conseguir esa pensión de jubilación, puesto que de ser así, de poco serviría la implementación de esta ley.

El texto completo del Reglamento sobre esta ley, la encuentran en:
http://www.mef.gob.pe/NORLEGAL/decretos_supremos/2009/DS303_2009EF.pdf

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Como bien sabemos se ha autorizado el otorgamiento de un bono de reconocimiento a policías y militares en actividad, en específico a militares en actividad desde el grado de comandante hasta alférez, o sus equivalentes, y para los policías suboficiales; por la suma de mil soles mensuales, otorgados por única vez, y la creación de una Comisión Especial que en 180 días deberá de crear un plan para el sinceramiento de las remuneraciones en este sector.

Ciertamente es aplaudible que a este sector tan maltratado se le otorgue un bono de reconocimiento que en algo ayudará a su economía, que en resumidas cuentas en la mayoría de los casos será utilizado en los gastos escolares –hay que ser sinceros-, sin embargo, ¿Es un verdadero esfuerzo del Estado o una simple respuesta política?

A nuestro modo de entender, quienes consiguieron este bono no fueron el presidente y sus ministros, sino los policías que anunciaron una posible huelga – ilegal a todas luces-, pero huelga al fin y al cabo de la policía. En realidad, de no existir ese reclamo y de no mediar todo un debate sobre las remuneraciones de estos sectores, ¿Ustedes creen que se le hubiera otorgado este bono? La verdad es que no.

Este pequeño bono de reconocimiento es una mera respuesta política, que en algo aliviará los bolsillos de estos trabajadores, los cuales merecen una remuneración justa, y no como dijo en una oportunidad el presidente cuando mencionó que por ser trabajadores del Estado y tener estabilidad deben de sacrificarse y si trabajan en condiciones desventajosas pues así es su trabajo y no deben de reclamar nada, al contrario tienen que agradecer -lo cual a mi modo de entender fue una burla al trabajo del policía y militar-.

Y es cierto, los policías y militares conocen perfectamente que su labor se realiza en situaciones desventajosas muchas veces, y precisamente por eso, a la luz de un trato diferenciado, sus remuneraciones deberían ser sinceradas, -y sin entrar en cuestionamientos jurídicos como el test de igualdad del Tribunal Constitucional-, por una simple cuestión de equidad y de “reparto de la torta”, que como ya he mencionado anteriormente, la distribución de los recursos estatales en el Perú es el principal problema, una inequidad alarmante en las remuneraciones de los trabajadores estatales.

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Por: Jorge Luis Roncal Córdova

La OIT en el documento denominado “Panorama Laboral 2009” señala que la remuneración mínima vital en el Perú –que hoy en día asciende a 550 nuevos soles-, es de manera general una de las más bajas en América Latina.

Más allá de cálculos matemáticos que no pretendemos hacer, nos enfocaremos en preguntarnos de manera central: ¿En un país que va rumbo al primer mundo y con la tan ansiada “consolidación económica nacional”, es factible que se cubra la canasta familiar con 550 nuevos soles al mes?

Esto aunado a que ya es sabido que aún en el Perú la informalidad laboral y el desempleo son los problemas más graves que nos afectan, y que muchísimos peruanos ganan mucho menos de la RMV.
Si supuestamente crecemos año a año, ¿Qué sucede con la remuneración mínima vital? ¿O los precios siguen siendo los mismos de hace 5 años atrás? Ciertamente somos conscientes que la canasta familiar básica no le cuesta al peruano 550 nuevos soles, y hasta la OIT se puede dar cuenta de eso…. ¿Qué sucede entonces con los gobiernos de turno que al parecer no han propuesto planes concretos para aumentar la remuneración mínima vital?

El Consejo de Trabajo acordó en virtud al convenio 131 de la OIT graduar la remuneración mínima vital, ¿Y que pasó? … Nada.
Es cierto que todo forma parte de un plan de desarrollo económico a fin de no producir desequilibrios en la economía nacional, tampoco se exige que se solucione el problema de un día para el otro aumentando al doble o al triple la remuneración mínima sin sustento alguno sólo con el fin de satisfacer las masas, sin embargo, y como se señaló el 2009 fue un año de crisis y no se pudo aumentar la Remuneración Mínima Vital según el Estado, ¿Entonces por qué se insiste en que somos un país con miras al primer mundo, y lo más ridículo en un corto plazo? Es ilógico contar con una remuneración mínima de 550 nuevos soles y vivir ante un “gran desarrollo a pasos agigantados”, y que los países de Latinoamérica nos envidian por nuestro desarrollo…

Un poco de realismo no le haría mal al Estado.
A sus opiniones.

Para mayor información pueden revisar el texto completo de “Panorama Laboral 2009”, en http://oit.org.pe/WDMS/bib/publ/panorama/panorama09.pdf
Y además un artículo a manera de resumen:
http://www.rpp.com.pe/2010-01-12-oit-recomienda-elevar-salario-minimo-en-peru-afirman-noticia_234842.html

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Las redes sociales como Facebook, My Space y tantas otras, que entre sus aplicaciones tienen juegos en red, generan preocupación y malestar a nivel empresarial, pues al observar la caída en los resultados de producción- y sus causas-, se encuentra que gran cantidad del tiempo de los trabajadores se distrae en los juegos de las redes sociales, en las que no es necesario estar on line para jugarlos.

Según un reciente sondeo llevado a cabo por las Cámaras de Comercio e Industria de India, alrededor del 12,5% de la productividad en el sector corporativo se desaprovecha cada día por sitios de redes sociales.

Esta nueva forma relacionarse socialmente influye de forma negativa en la productividad de la empresa, ¿la solución? Bloquear estas aplicaciones para redirigir la atención de los trabajadores a sus actividades, podría ser una buena alternativa.

http://elcomercio.pe/noticia/385698/juegos-facebook-distraen-empleados-preocupan-empresas

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Según lo mencionamos hace algunas fechas , en esta oportunidad publicamos úno de los artículos ganadores en el I CONADEL organizado por la Universidad Pedro Ruíz Gallo.Con ustedes un extracto del mismo y el trabajo completo en la zona de ARTICULOS.

EL DESPIDO PARA LOS TRABAJADORES DE DIRECCIÓN Y DE CONFIANZA

Por: Gustavo Goicochea Jimenez

Estudiante del XII ciclo de Derecho en la Universidad USAT-Chiclayo

El presente trabajo de investigación versa sobre el tema del Despido para los Trabajadores que ostentan cargos de dirección y de confianza, teniendo en cuenta que el Tribunal Constitucional avocándose facultades de Legislador positivo ha establecido la simple pérdida de la Confianza como causal de despido subjetiva para esta clase de trabajadores, abriendo el margen de disposición para que el empleador determine sin mayores parámetros los supuestos de desaparición del vinculo de “confianza”, lo que evidentemente se traduciría en un abuso del derecho. Mas aún si nuestra normativa laboral no ha regulado a la pérdida de la confianza como una causa justa de extinción del contrato de trabajo.

Para leer el artículo completo visitar nuestra zona de Artículos

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La Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo y la Asociación Justitia Excellere Ceteris realizaron los días 17, 18 y 19 de setiembre el I Congreso Nacional de Derecho Laboral y Procesal Laboral- CONADEL, con ello se realizó el concurso universitario de ponencias, ocupando el Tercer Puesto el artículo titulado “El despido para los trabajadores de dirección y confianza”que tiene por autor a nuestro querido amicus miembro Gustavo Goicochea Jimenez. A través de esta queremos hacer extensivas nuestras felicitaciones, tu triunfo significa también triunfo de todos los miembros de Amicus Iuris. Tenemos la certeza que esta oportunidad abre el camino para tu carrera y la especialización que desees realizar en la rama del Derecho Laboral. Hacemos de conocimiento también que el artículo científico con el que Gustavo obtuvo el tercer puesto será publicado en la Biblioteca Virtual de la ASOCIACIÓN JUSTITIA EXCELLERE CETERIS y porsupuesto tambien en nuestra página en los próximos días. Nuevamente nuestras felicitaciones.

Amicus Iuris.

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El 10 de setiembre se aprobó en el congreso – con setenta y dos votos a favor- el Proyecto de Ley que otorga al trabajador licencia remunerada por paternidad, incluyendo tanto al sector público como privado. Se busca que sea considerado como un derecho irrenunciable del trabajador, indiferentemente de si quien alumbre sea su esposa o conviviente.

La licencia por paternidad sería otorgada por el empleador al padre por cuatro días hábiles consecutivos. El inicio de la licencia se computa desde la fecha que el trabajador indique, comprendido entre la fecha del nacimiento del hijo y la madre y el hijo sean dados de alta por el centro médico respectivo.

Por su lado, la Ministra de la Mujer, Nilda Vilchez, invocó a las empresas de los diferentes sectores al cumplimiento de esta norma pues su finalidad es promover el fortalecimiento y desarrollo familiar. Teniendo en cuenta que el 13 de setiembre es el día de la familia, se convierte en un proyecto bastante oportuno.

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El siete de setiembre, se celebró el día del trabajo en Estado Unidos; en esta ocasión el presidente estadounidense, Barack Obama, manifestó su apoyo a la ‘opción pública’ y a su inclusión en la inminente reforma del sistema sanitario que ya negocia con el Congreso. Defendió que exista la posibilidad de que los estadounidenses se acojan a un programa público sanitario, aunque manifestó su respeto porque las aseguradoras privadas hagan negocio en este sector.

Actualmente, el modelo sanitario en Estados Unidos se caracteriza por ser particular, y por ello más de 48 millones de estadounidenses carecen de este servicio y, quienes lo tienen gastan más del 10% de sus ingresos familiares pagando gastos de cobertura médica.

Normalmente en Estados Unidos, cuando los trabajadores requieren un seguro que cubra sus necesidades médicas, la obtienen mediante convenios colectivos celebrados con su empresa. Ésta es una arma de doble filo, pues cuando el trabajador pierde su trabajo, también pierde la cobertura médica, es decir debe afrontar un gasto más, y una preocupación más a lo que ya significa quedar desempleado y sin remuneración.

Respecto a la crisis, el presidente Obama se refirió a la necesidad de un movimiento sindical fuerte para superarla. “Un movimiento obrero fuerte es parte de una economía fuerte”, dijo, y prometió su apoyo para dar un nuevo impulso al Departamento de Trabajo del Gobierno que ayude a los trabajadores.

Mayor información en: http://es.noticias.yahoo.com/5/20090907/twl-obama-aprovecha-el-da-del-trabajo-en-f6923c3.html

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